03/09/2014

Timeshare: precaución para evitar estafas

El concepto de “tiempo compartido”, denominado en nuestra legislación aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles, y más popularmente conocido como timeshare, durante años no ha sido más que una fórmula para poder disfrutar de alojamiento en distintos lugares del mundo, durante un periodo de tiempo anual limitado y concreto.

Es una forma fácil de disfrutar de una propiedad en vacaciones por un módico precio, siempre y cuando las partes actúen con transparencia y se tomen ciertas precauciones durante el proceso de adquisición y venta del timeshare. Lamentablemente son demasiado habituales las estafas relacionadas con este tipo de productos.

Precauciones a considerar a la hora de adquirir el timeshare

Con el tiempo compartido se accede al disfrute de una propiedad, durante una o varias semanas de vacaciones al año, eligiendo previamente una única vivienda o varias residencias en distintos lugares del mundo (dependiendo de lo estipulado y contratado por el adquirente de este derecho).

Se oferta la posibilidad de poder acceder a unas vacaciones en un lugar deseado por una cantidad económicamente asumible por el comprador, no contando el adquirente del tiempo compartido, con una serie de situaciones derivadas de la contratación del mismo y que a largo plazo pueden ocasionarle problemas. En muchas ocasiones, los contratantes del tiempo compartido se encuentran ante un producto que no se corresponde a lo que le han vendido. Las estafas sobre este tipo de producto se dan sobre todo en el momento de la compra y cuando el adquirente decide deshacerse del timeshare, es decir, venderlo.

A la hora de adquirir un producto de tiempo compartido hay que confirmar que existe  y comprobar cuál es la situación de lo que se desea adquirir. Antes de la compra, es recomendable obtener la máxima información sobre la existencia y localización de la propiedad, la gestión de la misma, así como confirmar los gastos que conlleva el mantenimiento de la residencia, evitando de este modo ser víctima de engaño, ya que en algunas ocasiones lo ofertado y contratado no coincide. El propietario del timeshare puede llegar a encontrarse con una residencia que en nada se corresponde con la adquirida, o  con tener que hacer frente a una serie de gastos de mantenimiento que no fueron detallados en el contrato o que la semana de aprovechamiento por la que contrató, la vivienda esté ocupada por otro propietario.

¿Cómo actúa la legislación española ante el derecho a tiempo compartido?

Nuestra legislación, desde el año 1998, somete la compra del timeshare al control del Notariado y del Registro de la propiedad, control que puede ayudar a evitar los engaños relacionados con la compra fraudulenta de estos derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles.

Con posterioridad a la adquisición de este derecho, hay que tener cautela con las estafas relacionadas con el intento de compra del derecho de tiempo compartido. Han sido varios los casos acontecidos en zonas turísticas de nuestro país donde algunos propietarios han sido contactados por falsos agentes o empresas que afirman tener un comprador para su derecho de uso compartido. Ante una posible venta, el dueño del timeshare y mediando engaño por parte del presunto agente, lleva a cabo una provisión de fondos para hacer frente a los gastos de los trámites de la venta, no existiendo comprador real ni posible venta, desapareciendo el dinero junto con las personas que aparentemente mediaron en la falsa compra del tiempo compartido.

Es una forma fácil de acceder a unas posibles vacaciones por un precio módico, siempre y cuando se tenga cautela en la adquisición y venta del timeshare, evitando de este modo ser una víctima más de las estafas relacionadas con este producto.

En Martinez-Echevarría, Pérez y Ferrero Abogados le ofrecemos la posibilidad de estudiar su caso sin compromiso. Recordamos que puede llamar al teléfono gratuito 900 100 039 o dirigirse a nuestro formulario on-line para enviarnos sus dudas relacionadas con el timeshare o tiempo compartido.

Publicado por: Martínez-Echevarría Abogados

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