22/11/2017

No está todo perdido: el Tribunal Supremo falla a favor de la banca sobre el IRPH

A falta de conocer el contenido íntegro de la resolución, los medios se han hecho eco de que el Tribunal Supremo ha fallado a favor de la banca en cuando al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, más conocido entre los afectados como IRPH. Todavía es pronto para conocer qué efectos tendrá para todos los afectados: desconocemos cuál es el elemento concreto que utiliza el Alto Tribunal para declarar que no existe falta de transparencia, así como las posibles consecuencias a partir de ahora. Desde el departamento de Derecho Bancario consideramos que no está todo perdido pese a lo negativo de la noticia. Explicamos los detalles en este post.

Alternativas a la negativa del Tribunal Supremo: mera referenciación y malas prácticas

Hace escasos minutos que conocíamos la noticia: el Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo ha desvelado la resolución que tanto hemos esperado. Sin embargo, para sorpresa de todos, el Alto Tribunal ha estimado el recurso de casación interpuesto por la entidad bancaria demandada. Según leemos en la resolución del 22 de noviembre, "la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad". Pese a lo negativo de la noticia, esta primera apreciación puede aportar un soplo de aire fresco para los afectados cuyos procedimientos están en curso como para aquellos que todavía no han reclamado la nulidad y la devolución de las cantidades cobradas de más por la aplicación del Índice de Préstamos Hipotecarios en sus hipotecas.

Aunque todavía no hemos tenido acceso al texto completo, nos ha llamado la atención que se haga referencia expresa a la mera referenciación al IRPH y no a los métodos de comercialización del mismo. Basándonos en las palabras que nos llegan del Alto Tribunal, los afectados por este índice de referencia elaborado por las entidades y declarado manipulable por el Banco de España podrían alegar las malas prácticas en las que se comercializó y suscribió el contrato del préstamo hipotecario. Al igual que ocurrió con las cláusulas suelo o con las hipotecas multidivisas (las cuales el propio Tribunal Supremo ha declarado nulas en aquellos casos en los que se incurra en falta de transparencia), aquellos consumidores que hayan pagado de más debido al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios sin haber conocido los efectos en el momento de la firma podrían declarar que la entidad bancaria no se los explicó con la claridad debida.

Últimas sentencias estimatorias conseguidas por Martínez-Echevarría Abogados para clientes afectados por el IRPH

Pese a que todavía no conocíamos la resolución del Tribunal Supremo, el departamento de Derecho Bancario ha seguido obteniendo resultados positivos para afectados que nos confiaron sus casos. Como contábamos en este post, tanto juzgados de primera instancia como órganos superiores de Justicia siguen dándole la razón a los consumidores afectados por el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, el cual no se presentó de forma clara por parte de la entidad ni se explicaron los posibles riesgos que podrían suponer firmar una hipoteca con dicha cláusula.

Aprovechamos esta ocasión para animar a todos afectados por el IRPH a que no cesen en su lucha por la defensa de sus derechos. Pese a las palabras del Tribunal Supremo, todos los casos contienen particularidades necesarias de estudio que serán claves a la hora de determinar si el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios presente en las escrituras puede anularse (además de otros elementos abusivos como la cláusula de vencimiento anticipado o los intereses de demora). Si todavía está sufriendo los devastadores efectos del IRPH, consulte su caso con un abogado experto en Derecho Bancario: puede hacerlo llamando al teléfono gratuito 900 100 039 o, si lo prefiere, puede enviarnos su consulta a través del formulario.

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