04/04/2017

Derecho de Familia: el Tribunal Supremo condena a unos abuelos a pagar la manutención de su nieta

Nos hacemos eco de una novedosa sentencia dictada por la Sala Civil del Tribunal Supremo, la cual ha condenado a los abuelos (maternos y paternos) a hacerse cargo de la manutención de los nietos. Debido a la precaria situación de los progenitores de la menor, la madre demandó a sus padres y a los padres de su pareja para que fuera la Justicia quien obligara a los abuelos a pagar la pensión de alimentos de la pequeña.

Particularidades de la sentencia: obligaciones estrictas

El Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre la obligación por parte de los abuelos de hacerse cargo de la pensión de alimentos de los nietos: tras ser estimada la petición de la madre (incapacitada para trabajar) en primera instancia y recurriendo la sentencia debido a que el importe resultante era insuficiente al no contemplarse los gastos extraordinarios, el Alto Tribunal es rotundo en cuanto al pago de la pensión de alimentos: los abuelos deben afrontar los gastos generados por sus nietos, de acuerdo a lo establecido por el artículo 142 del Código Civil, referente al título VI De los alimentos entre parientes y entendiendo por alimento "todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica", educación y gastos durante el embarazo y el parto, cuando no estén cubiertos de otra forma. Sin embargo, en la sentencia se rechaza la obligación de los abuelos de hacerse cargo de los gastos extraordinarios, los cuales estarían destinados a abonar las clases de música y de apoyo.

Los abuelos deberán pagar la manutención de la menor

Debido a que la madre cuenta con una minusvalía del 65%, está impedida para trabajar y cobra una pensión no contributiva que no alcanza los 360 mensuales; y a que el padre es totalmente insolvente y padece una enfermedad mental, el Tribunal Supremo ha tenido en cuenta el interés de la menor y, respetando estrictamente el principio de proporcionalidad, condena a los abuelos maternos y paternos al pago de la manutención de su nieta: en total, deberían hacerse cargo del abono de 250 euros mensuales en concepto de pensión de alimentos, cifra confirmada por el Alto Tribunal y aceptada tanto en primera instancia como por la Audiencia Provincial. Esta sentencia resulta totalmente novedosa, pues el Supremo todavía no se había pronunciado sobre la obligación de los abuelos del pago de la manutención de los nietos en los casos en los que los padres no pudieran hacerse cargo de la misma.

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