13/11/2018

La Justicia condena a UCI a devolver lo pagado de más por el IRPH

La actualidad jurídica de las últimas semanas ha sido, cuanto menos, convulsa para el consumidor. Sin embargo, pese a la negativa del Tribunal Supremo de obligar al banco al pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (y tras la reacción del Gobierno, con el decreto ley que modifica la norma que regula dicho impuesto), los prestatarios continúan cosechando logros ante los tribunales en materia de hipotecas. En este caso, un juzgado de Torrejón de Ardoz (Madrid) ha condenado a UCI a la devolución de aquellas cantidades pagadas de más por la aplicación del IRPH, pese a la postura del Alto Tribunal respecto de este asunto. Explicamos más detalles a continuación.

Un juzgado de Primera Instancia dicta una sentencia contraria a la doctrina del Supremo sobre el IRPH

El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Torrejón de Ardoz (Madrid) ha dictado una sentencia condenatoria para la Unión de Créditos Hipotecarios (UCI), por la cual "el juez anula el índice variable de fijación de intereses a través del IRPH debido a la falta de información y transparencia".

El equipo de abogados especializado en Derecho Bancario, encargado de la defensa jurídica del consumidor afectado por este índice de referencia, solicitó al juzgado la declaración de nulidad del IRPH, así como el recálculo por parte de la entidad bancaria las cuotas del préstamo como si el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios no se hubiera aplicado nunca, "devolviendo las cantidades resultantes del cobro de intereses o del exceso en el cobro de intereses más los intereses legales de dichas sumas desde sus respectivos abonos".

Más de 100.000 afectados por el IRPH podrían beneficiarse de una resolución favorable del TJUE

Días después de que se hiciera pública esta sentencia,la Comisión Europea elaboró un informe por el cual se muestra a favor "de que se ponga a disposición de los usuarios nuevas herramientas para la compresión íntegra del contrato y de que los jueces valoren si estas han sido expuestas durante la firma del mismo". Pese a la negativa del Tribunal Supremo de declarar abusivo el IRPH por falta de transparencia, la Comisión Europea ha presentado "un conjunto de observaciones contrarias a este fallo a través de un escrito en el que abre la puerta a que la alternativa al Euríbor fuese declarada nula y los bancos tuviesen que restituir los intereses cobraros a los clientes". Desde Martínez-Echevarría Abogados hemos realizado una estimación, en la cual concluimos que " la nueva doctrina europea para estas hipotecas afectará a más de 100.000 españoles". Si el TJUE se posicionara a favor del consumidor en relación al IRPH, el sistema bancario español debería devolver unos 2.200 millones de euros, los cuales serían recuperados por unos 100.000 afectados. De media, cada consumidor que hubiera firmado una hipoteca referenciada al IRPH habría pagado de más entre 20.000 y 25.000 euros.

Si todavía paga de más debido al IRPH, consulte su caso sin compromiso

Martínez-Echevarría Abogados pone a su disposición todos los medios disponibles para valorar la viabilidad de su caso particular. Si desea dejar de pagar a su banco aquellas cantidades correspondientes al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, puede contactar con nuestro equipo jurídico especializado en Derecho Bancario. Escríbanos a través de nuestro formulario de consulta o llámenos al teléfono gratuito 900 100 039.

Compartir esta publicación