29/12/2017

La Justicia le da la razón a un padre que leyó los mensajes de WhatsApp de su hija

La magistrada de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha desestimado el recurso presentado por la madre de una menor contra el padre de la misma. Según la denuncia, la madre afirmaba que el progenitor había leído las conversaciones de WhatsApp de sus hijos, incurriendo en un delito de descubrimiento y revelación de secretos. Sin embargo, la Justicia no considera tal acusación y da la razón al padre. Analizamos el asunto en este post.

Las obligaciones de los padres según el Código Civil

La patria potestad compartida en los casos en los que los cónyuges están separados puede resultar conflictiva. En este caso, la madre denunció al padre de los dos menores tras conocer que los metió en una habitación y repasó las conversaciones de WhatsApp de la niña. Tras solicitarle la clave de acceso al dispositivo, leyó estos contenidos en presencia de ambos hijos, no pudiendo hacer lo mismo con el móvil del hermano después de no ofrecerle la contraseña a su padre.

Según el artículo 154 del Código Civil, los progenitores que compartan la patria potestad tienen la obligación de "velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral". Este artículo resulta esencial para comprender el fallo, pues el magistrado afirma que el uso de este tipo de aplicaciones "requiere atención y vigilancia de los progenitores para preservar la indemnidad de los menores". Por ello, no se reúnen los requisitos para que los hechos sean considerados constitutivos de un delito de descubrimiento y revelación de secretos debido a que la hija dio su consentimiento para que el padre leyera los mensajes. Además, su intención tampoco era vulnerar la intimidad de la menor.

Descubrimiento y revelación de secretos: otros casos

Las nuevas tecnologías de la comunicación han supuesto no solo una revolución para la vida rutinaria, sino también para la jurisprudencia. Ahora, debido al uso que hacemos de aplicaciones como WhatsApp, deben tenerse en cuenta a la hora de determinar los fallos e interpretar la ley. Mientras que en el caso que en este post analizamos sí que existió un consentimiento por parte de la menor para que el padre leyera los mensajes en su presencia, otras sentencias al respecto reflejan que las condenas se producen cuando el acceso a la información se realiza sin permiso, manipulando la seguridad del dispositivo o robando las contraseñas de los servicios de correo.

El juzgado de lo Penal número 4 de Girona condenó a dos años y medio de cárcel al individuo que espió el móvil de su pareja. En este caso, introdujo la clave de bloqueo del dispositivo, descargó tanto una foto almacenada en el correo electrónico como algunos mensajes de la aplicación de mensajería Line. El juez lo declara "autor de un delito de descubrimiento y revelación de secretos con el agravante de parentesco".

Si se encuentra en una situación similar a la que analizamos en este post, bien en la postura del acusado o bien del demandante, recomendamos que consulte su caso con abogados especializados en material civil. Si lo desea, puede enviarnos sus preguntas al formulario de consulta haciendo clic aquí.

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