05/10/2017

Logramos la absolución de nuestro cliente, acusado de cohecho y revelación de secretos

El departamento de Derecho Penal se hace eco de una sentencia estimatoria del Tribunal Supremo tras los recursos de casación interpuestos a raíz de la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Huelva, en la cual se absuelve a nuestro cliente del delito de cohecho que se le imputaba, aunque lo condenaba por revelación de secretos. El Alto Tribunal absuelve a nuestro cliente también de dicho delito.

Antecedentes del hecho

Entre los hechos probados de la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Huelva se destaca que nuestro cliente, cargo de fuerzas de seguridad estatal, pudo obtener los datos personales de un individuo, así como los de sus hijos, para facilitárselos a otro de los implicados de la misma causa, con el fin de gestionar el cobro de una deuda. En este sentido, la Audiencia Provincial de Huelva dictó la absolución de T. del delito de cohecho de que era acusado, así como condenó a nuestro cliente como autor de un delito de revelación de secretos, "con la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a las penas de catorce meses de multa a razón de diez euros diarios, o responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas impagadas en caso de insolvencia e inhabilitación especial para el ejercicio de funciones públicas durante un año y seis meses, y al pago de 1/20 parte de las costas procesales".

Motivos estimados del recurso de casación

Tras la notificación de dicha sentencia, nuestro cliente (junto a otros cuatro condenados por la Audiencia Provincial de Huelva, así como el propio Ministerio Fiscal) preparó recurso de casación "por infracción de ley, de preceptos constitucionales y quebrantamiento de forma". En este sentido, la Sala de lo Penal, Sección 1ª del Tribunal Supremo estima el motivo por el cual la defensa del acusado considera que se ha violado la presunción de inocencia, derecho identificado en el artículo 24 de la Constitución Española, cuya causa residiría "en haber utilizado por el tribunal como pruebas de cargo algunas que tienen su origen en una infracción de derechos constitucionales" tales como un fax del cual no existe acreditación suficiente de que fuera remitido a otro de los acusados. Nuestro cliente sostiene que nunca reconoció haber entregado dicho fax, pese a que la sentencia lo afirme.

Por tanto, no se acredita la autoría del delito, ni a través de su declaración ni a través de las hechas por los dos funcionarios. Debido a que en las actuaciones no ha quedado despejada dicha afirmación, la Justicia debe favorecer al reo. En este sentido, el Supremo declara haber lugar a los recursos de casación interpuestos por las representaciones de los procesados y, en concreto, de nuestro cliente; y en su virtud casa y anula la sentencia dictada por la instancia anterior, declarando de oficio las costas ocasionadas.

Equipo especializado en Derecho Penal altamente cualificado

Los abogados que conforman el departamento de Derecho Penal cuentan con una amplia experiencia en la defensa y acusación de complejos asuntos. Si considera que sus derechos constitucionales han sido vulnerados en un procedimiento judicial, tiene derecho a solicitar un recurso: en este caso, debido a la violación de la presunción de inocencia cometida, hemos logrado la absolución de nuestro cliente. Puede contactarnos en el teléfono gratuito 900 100 039, o bien, puede enviarnos su consulta a través del formulario online.

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