20/02/2019

El Tribunal Supremo anula una cláusula suelo de empresa

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El Supremo vuelve a posicionarse en relación a las cláusulas suelo. Resulta llamativo pues, pese a que en Martínez-Echevarría Abogados ya habíamos logrado que la Justicia se posicionara a favor del empresario que suscribía una cláusula suelo en un préstamo destinado a una actividad profesional, en esta ocasión, el Alto Tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por la entidad bancaria y le da la razón al prestatario. Explicamos los detalles a continuación.

Sentencia del Tribunal Supremo sobre cláusulas suelo de empresas: control de incorporación

El empresario había solicitado un préstamo hipotecario para la compra de un local comercial en el que desarrollaría su actividad profesional (una peluquería). Pese a que los profesionales que firman una hipoteca a nombre de empresa cuentan con más complicaciones a la hora de reclamar las cantidades pagadas de más por la cláusula suelo debido a que no cuentan con la condición de consumidor, el Tribunal Supremo se ha posicionado a favor de nuestro cliente en este sentido. En ningún momento se negó que el destino del préstamo tuviera carácter empresarial pero, en este caso, el juez de instancia consideró que, conforme a lo dispuesto en los artículos 5 y 7 de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación, la cláusula suelo no superaba el control de incorporación al estimar que los adherentes no habían tenido opción real de conocer su contenido, así como que su redacción no era clara.

En el fallo, el Tribunal Supremo desestima "los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación interpuestos por Caja Laboral Popular S.C.C., contra la sentencia num. 340/2016, de 28 de junio, dictada por la Audiencia Provincial de Navarra, Sección 3ª, en el recurso de apelación" y condena a la entidad "al pago de las costas de ambos recursos y ordenar la pérdida de depósitos constituidos para su formulación".

Sentencia estimatoria para un empresario afectado por cláusula suelo en la hipoteca de su local

Desde el  departamento de Derecho Bancario de Martínez-Echevarría Abogados nos hacemos eco del resultado positivo para aquellos empresarios afectados por productos abusivos presentes en su hipoteca. Así como hemos logrado que multitud de consumidores puedan recuperar las cantidades pagadas de más por la cláusula suelo, también es posible que aquellos prestatarios que firmaron un préstamo hipotecario a nombre de una empresa, o para el desarrollo de una actividad profesional, defiendan sus derechos ante las entidades bancarias.

De esta forma, se deja la puerta abierta a que se reclame la cláusula suelo de empresa en aquellos préstamos hipotecarios en los casos en los que no exista nada parecido a una oferta vinculante. No obstante, esto no significa que todos los casos de cláusula suelo de empresas sean viables, sino que cada caso debe ser valorado con la debida cautela por parte de abogados especializados en Derecho Bancario.

Si está afectado por una cláusula suelo de empresa puede consultar la viabilidad de su reclamación con nuestro equipo jurídico. Puede contactarnos en el teléfono gratuito 900 100 039, o bien, a través del formulario de nuestra web.

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