01/04/2019

¿Qué pueden esperar los afectados por el IRPH de la sentencia del TJUE?

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Tras la última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europeo, sobre la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado, los afectados por el IRPH se mantienen a la espera para conocer la decisión de este órgano sobre el producto que les ahoga financieramente. Aunque la postura del Abogado General es muy positiva para quienes pagan de más mes a mes por este índice de referencia, no es vinculante para la sentencia. A la espera de la resolución final, explicamos algunos detalles que pueden ser de interés para los afectados por el IRPH.

Afectados por el IRPH: a la espera de sentencia definitiva del TJUE

Multitud de consumidores que suscribieron un préstamo hipotecario con IRPH se encuentran expectantes ante la decisión que finalmente tome el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre este asunto. Si la sentencia resulta positiva para los afectados por el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, en la línea de lo comentado por el Abogado General, y se declara la nulidad del IRPH las entidades bancarias deberán recalcular las cuotas aplicando el interés correspondiente en cada caso (o bien Euribor más un diferencial o bien sin intereses).

Pero uno de los aspectos que más preocupa a los afectados por el IRPH es la definición o consideración de la retroactividad por parte de la Justicia Europea. ¿Obligará el TJUE a las entidades bancarias a la devolución de todo lo cobrado de más desde la firma del préstamo o bien se tendrán en cuenta aquellas cuotas limitadas de forma temporal? ¿Ocurrirá lo mismo que ya pasó con las cláusulas suelo? ¿Tendrán los tribunales de justicia españoles que rectificar su doctrina y condenar a las entidades a la devolución con retroactividad total? Esperamos poder resolver todas estas incógnitas, y otras tantas, pronto.

Algunas entidades están ofreciendo cambiar las condiciones del préstamo a cambio de que usted renuncie a formular una reclamación judicial

Si su banco se ha puesto en contacto con usted en las últimas semanas para ofrecerle condiciones más óptimas en su préstamo hipotecario, es probable que le obligue a firmar una cláusula que le impida formular una reclamación contra éste en el futuro. Como ya ocurrió con otros elementos abusivos, como con las cláusulas suelo, muchas entidades bancarias han optado por esta estrategia en un intento de reducir su paso por los tribunales y, en consecuencia, por evitar en la medida de lo posible el pago de cantidades muy elevadas por las devoluciones dictadas por la Justicia. Aunque todavía no conocemos la sentencia del TJUE, este movimiento puede significar una previsión por parte del sector bancario del próximo movimiento de la Justicia Europea. ¿Se posicionará a favor del consumidor en la lucha contra los productos financieros complejos, como ya lo hizo en otros asuntos similares?

Aunque es pronto para recomendaciones jurídicas, pues estamos a la espera de la decisión del TJUE, sí animamos a los afectados por el IRPH a estudiar con detenimiento todas las propuestas ofrecidas por su banco, así como a no firmar ningún documento sin haberlo consultado previamente con un abogado especializado en Derecho Bancario. Martínez-Echevarría Abogados cuenta con más de 35 años de experiencia en la resolución de situaciones derivadas del abuso por parte de las entidades bancarias.

Si desea que estudiemos su documentación, sin compromiso, puede contactar con nosotros en el teléfono 900 100 039, o bien, enviarnos su consulta a través del formulario.

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