El departamento de Derecho Bancario ha logrado una interesante sentencia estimatoria para nuestro cliente afectado por un producto de una entidad bancaria.
La entidad le ofertó a nuestro cliente la posibilidad de contratar un producto a modo de depósito de alta rentabilidad y sin riesgo de pérdida de capital que, a su vez, llevaba aparejado un seguro de vida. En el momento de la oferta no hubo una evaluación de los conocimientos y la formación del cliente, así como tampoco se ofreció un folleto o documento informativo donde se explicara la verdadera naturaleza del contrato, sus riesgos o las consecuencias del rescate de dicho fondo. Así, cuando el cliente solicitó el rescate total de las cantidades depositadas sufrió unas pérdidas de más de 38.000 euros respecto de la inversión en primas de 105.000 euros que realizó durante el primer año.
La parte demandada alega que este producto es un seguro de vida y que comporta un riesgo manifiestamente asumido por el tomador del seguro, además de asegurar que dicha información venía contenida en la documentación proporcionada al cliente. La defensa de la parte demandante mantiene que, aunque se trate de un contrato de seguro de vida, no significa necesariamente que el cliente conociese su verdadera naturaleza y los riesgos que asumía al contratar un seguro de categoría “unit linked”, distintos a los tradicionales y más parecido a un fondo de inversión.