04/05/2016

Avales: la entidad, condenada a la devolución de todas las cantidades entregadas en la compra de una vivienda sobre plano

Nuestro equipo de Derecho Procesal acaba de obtener una Sentencia dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Málaga en la que se condena al Banco Popular a devolver todas las cantidades abonadas por nuestro cliente en la compraventa de una vivienda sobre plano en la promoción conocida como Hacienda Casares en el término municipal del mismo nombre.

La promotora Aifos Arquitectura y Promociones Inmobiliarias vendió en su día miles de viviendas sobre plano a clientes de varias nacionalidades. Tras su entrada en concurso de acreedores  imposibilitó, no solo la entrega de las mismas dado que no estaban terminadas, sino también el hecho de que los compradores pudieran recuperar su dinero, dado que no se les entregaron en la mayoría de los casos los preceptivos los avales bancarios que garantizaran esas cantidades tal y como exige la Ley 57/68.

La sentencia hace especial hincapié en la responsabilidad tanto de la promotora Aifos como el de las entidades bancarias que recibieron los fondos de los clientes a la hora de devolver dichas cantidades, aun cuando no se hubieran entregado dichos avales. Por ello, en este caso el juez condena al  Banco Popular.

Además de las cantidades entregadas, el banco deberá abonar los intereses legales desde que las mismas se entregaron. Si compró su vivienda sobre plano y la promotora nunca le llegó a entregar dicho inmueble (debido a que no finalizó su construcción o no obtuvo la cédula de habitabilidad, entre otras razones), puede recuperar las cantidades que entregó a su entidad bancaria. Contacte con nosotros en el teléfono gratuito 900 100 039 o cuéntenos el motivo de su consulta en nuestro formulario online. Nuestro equipo jurídico especializado le ofrece estudiar su caso y ofrecerle la mejor solución, siempre adaptada a sus necesidades y orientada al éxito.

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