Requisitos para la prestación de servicios entorno a los Criptoactivos.
Explotación de una plataforma de negociación.
Será de su responsabilidad:
- Establecer, mantener y aplicar normas de funcionamiento claras y transparentes para la plataforma de negociación;
- Antes de admitir a negociación un criptoactivo, asegurarse de que dicho criptoactivo cumple las normas de funcionamiento establecidas por el Reglamento MICA, y evaluar la idoneidad de dicho criptoactivo;
- Impedir la admisión a negociación de criptoactivos con función de anonimización incorporada cuando los titulares de dichos criptoactivos o su historial de transacciones no puedan ser identificados por los CASP;
- Evitar negociar por cuenta propia en la plataforma de negociación que operan;
- Disponer de sistemas, procedimientos y disposiciones eficaces para garantizar que los sistemas de negociación cumplen los requisitos establecidos por el Reglamento MiCA;
- Informar a la autoridad competente cuando la CASP identifique casos de abuso o intento de abuso de mercado;
- Hacer públicos los precios de compra y venta y la profundidad de los intereses de negociación a los precios que se anuncian a través de los sistemas de la plataforma de negociación;
- Hacer públicos los precios, el volumen y los plazos de las operaciones, tal como exige el Reglamento MiCA;
- Garantizar que las estructuras de comisiones sean transparentes, justas y no discriminatorias, y que no creen incentivos para colocar, modificar o cancelar órdenes o ejecutar operaciones de tal manera que contribuyan a desordenar las condiciones de negociación o a abusar del mercado;