El Tribunal Supremo, en su Sentencia de 27 de noviembre de 2025, ha aclarado cómo deben cuantificarse los gastos generales en las reclamaciones de daños y perjuicios por retrasos en contratos de obra pública. El Alto Tribunal desestima el recurso del Gobierno Vasco y confirma la sentencia a favor de nuestro cliente -defendido por nuestros compañeros José María Echevarría, Jorge Galán y Alberto Amestoy- del TSJ del País Vasco, que reconoce a la UTE Tolosa una indemnización de 1,8 millones de euros por gastos generales, que se suma a otros 3 millones ya concedidos por distintos conceptos.
La sentencia avala la posibilidad de calcular estos gastos mediante un porcentaje a tanto alzado cuando exista una gran dificultad para aplicar otros métodos de cálculo. Este pronunciamiento tendrá un impacto relevante en otros recursos de casación pendientes y abre la vía para que esta metodología pueda aplicarse en futuras reclamaciones de empresas contratistas.