24/09/2019

Condena a la Universidad al pago de una indemnización de más de 26.000 € tras el despido de un técnico interino

despido-de-un-trabajador-interino-martinez-echevarria-abogados

Inmaculada Parrado, abogada del departamento de Derecho Laboral de Martínez-Echevarría Abogados, ha logrado una nueva sentencia en materia de trabajadores interinos. En este caso, la sentencia condena a la Universidad, bien a la readmisión del trabajador en su puesto de trabajo, o bien al abono de una indemnización de 26.147,63 €. Explicamos los detalles a continuación.

Condena a la Universidad a la readmisión del técnico interino despedido, o bien, al pago de una cuantiosa indemnización

El Juzgado de lo Social Nº 23 de Madrid ha condenado a la Universidad Politéctica de Madrid a la readmisión de un técnico interino o al abono de una indemnización, a su libre elección, tras declarar la improcedencia del despido de un trabajador interino. El magistrado ha argumentado esta decisión debido a que si la finalidad de la modalidad del contrato es "cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante un proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva o bien, cesan las circunstancias o necesidad que motiva su contratación", la interinidad se ha utilizado de forma fraudulenta "puesto que no puede pretenderse que durante más de diez años no se haya concluido con el periodo necesario para cubrir la plaza".

Un contrato por interinidad tan solo debe contemplarse en dos supuestos: por sustitución (para sustituir a un trabajador de la empresa con derecho a la reserva del puesto de trabajo) o por vacante (para cubrir temporalmente un puesto de trabajo vacante durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva). Aunque la Universidad afirme que la finalidad del contrato suscrito es de interinidad por vacante, no queda probada la existencia de un proceso de selección para la cobertura definitiva del puesto de trabajo promocionado hasta años después de la firma del mismo, en 2016 . Por todo ello, el magistrado declara "la improcedencia del despido de que fue objeto el demandante" y condena a la Universidad "a que a su libre opción proceda a readmitirle en su puesto de trabajo o alternativamente a abonarle la cantidad de 26.147,93 €, en concepto de indemnización".

Un contrato de interinidad de más de diez años de duración

Nuestro cliente, que venía desempeñando su cargo dentro de la categoría profesional de Técnico Especialista III de Laboratorio, comenzó la relación laboral cuestionada en este procedimiento en enero de 2009. En las cláusulas del contrato firmado se refleja que sus funciones en dicho puesto se desarrollarían “para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva, o bien, cesen las circunstancias que motivan la contratación”. Además de en esta ocasión, el trabajador estuvo previamente vinculado con la Universidad desde julio de 2001 hasta marzo de 2007 y durante algunos días del mes de febrero de 2008, con contratos de naturalezas similares al aquí comentado.

Estudie su caso particular con abogados especializados en Derecho Laboral

Multitud de trabajadores contratados en régimen de interinidad se encuentran en situaciones similares a las abordadas en este post. No solo dentro del ámbito académico y universitario, sino también en otras áereas como la sanitaria. Por ello, desde Martínez-Echevarría Abogados contamos con mecanismos para la defensa de los trabajadores interinos frente a los presuntos abusos cometidos por la Administración responsable.

Si desea estudiar sus posibilidades de reclamación, puede contactar con nosotros a través del teléfono gratuito 900 100 039 , o bien, mediante este formulario de consulta. Nuestro equipo jurídico atenderá su solicitud y le indicará cuáles son los pasos a seguir, así como la viabilidad de su caso.

Compartir esta publicación