08/01/2014

Pensión compensatoria en caso de divorcio. Sentencia del Tribunal Supremo 15/11/2013

La Sentencia de la Sala Civil del Tribunal Supremo de 15 de noviembre de 2013, conoce de un supuesto de un juicio de divorcio en el que se trata el problema de si el actor podía ser condenado a pagar una pensión compensatoria a su ex esposa; cuando el demandante, en la demanda de divorcio, se refirió a la improcedencia de la pensión compensatoria; y la demandada, al contestar a la demanda, se defendió de las alegaciones del cónyuge con relación a la pensión compensatoria reclamando la misma, pero sin formular reconvención expresa.

El Juzgado de Primera Instancia estimó parcialmente la demanda, y en lo que nos interesa fijó una pensión compensatoria a favor de la demandada. En recurso de apelación la Audiencia Provincial revocó parcialmente dicha sentencia en el sentido de no haber lugar a la pensión compensatoria por considerar que debió haber sido solicitada mediante reconvención expresa. Recurrida tal resolución, el Tribunal Supremo, en la sentencia que nos ocupa, siguiendo la doctrina sentada en la Sentencia de 10 de septiembre de 2012, señala que no es necesaria una reconvención expresa para solicitar la pensión compensatoria cuando en la demanda se aborda directamente la cuestión negando la misma, y la demandada al contestar al actor se opone a la demanda.

 

Autor: Ignacio GALLEGO DOMÍNGUEZ, Catedrático de Derecho Civil
Artículo publicado originalmente en Diario Sur (15/12/2013)
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