07/03/2017

Impuesto de sucesiones: ¿aceptar o rechazar la herencia?

Según palabras de las administraciones autonómicas, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones es el tributo que, dependiendo del límite dictado por cada comunidad, debe ser pagado tras la adquisición de bienes y derechos por herencia y donaciones. En el caso de Andalucía, el importe abonado a la administración es hasta 1.000 veces mayor que el que pagaría un canario por heredar la misma propiedad o capital. La situación de desigualdad creada en la población es evidente y, por ello, las movilizaciones en contra del Impuesto de Sucesiones  son cada vez mayores entre la sociedad.

Polémico objeto del Impuesto de Sucesiones

Aunque un andaluz reciba a través de una herencia la misma cantidad que la que reciba un canario, el andaluz deberá abonar una cantidad mucho mayor que el segundo debido a la regulación del Impuesto de Sucesiones por la administración autonómica. Andalucía, Extremadura, Aragón y Asturias son las comunidades que más pagan por el Impuesto de Sucesiones, mientras que La Rioja, Madrid, Cantabria y Canarias son las que están a la cola de la lista. Debido a los coeficientes utilizados por la la Junta de Andalucía a la hora de valorar las propiedades a heredar, se tributa de igual forma una finca rústica sin cédula de habitabilidad que una vivienda en el casco antiguo de la capital: según la orden autonómica del 25 de mayo de 2015, se valorará que existan edificaciones sea cual sea la naturaleza de la finca, por lo que a ojos de la administración andaluza a la hora de cobrar el Impuesto de Sucesiones, no hay diferencia entre finca rústica o urbana.

Jurisprudencia al respecto

La información existente sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones resulta dudosa: mientras hay quienes afirman que el TJUE declaró nulo el tributo mediante una sentencia, debemos alertar a los afectados de la desinformación al respecto. Aunque la justicia comunitaria se ha posicionado a favor de los extranjeros no residentes que pagaran más que los residentes por el impuesto de sucesiones (debiendo el Estado indemnizarles por responsabilidad patrimonial), la sentencia no afecta al resto de colectivos que, tras recibir una herencia, han pagado una importante cuantía a la administración.

Por ello, recomendamos a quienes vayan a recibir una herencia, o bien, quienes ya la hayan recibido y abonado el Impuesto de Sucesiones, a que consulten su situación particular con un  abogado. En nuestro Despacho contamos con un equipo de amplio recorrido especializado en Derecho Fiscal que ya ha solucionado los problemas de multitud de clientes afectados por tributos de toda naturaleza, como el de plusvalía. Si desea hablar con nosotros, tan solo tiene que enviarnos una consulta a través del formulario haciendo clic aquí.

Compartir esta publicación