17/04/2018

La Justicia anula el aval hipotecario de unos padres por falta de transparencia

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El Juzgado de Primera Instancia número 11 de Refuerzo de Bilbao ha declarado, por primera vez, la nulidad por abusividad de la cláusula de afianzamiento o aval hipotecario que unos padres ofrecieron a uno de sus hijos para la compra de una vivienda. La sentencia indica que los progenitores no tienen la obligación de abonar el aval puesto que la entidad bancaria no cumplió con su deber de informarles de las consecuencias que sufrirían si su hijo no pagaba las cuotas de la hipoteca. 

"Nulidad radical" del aval bancario de unos padres para la hipoteca de su hijo: abusividad y falta de información

Que los padres avalen las hipotecas de los hijos es una situación común en la firma de los préstamos por las compras de viviendas. Sin embargo, las consecuencias de los impagos de los prestatarios pueden ser fatales para quienes se comprometen responder con sus propiedades. En este caso, un juzgado de Bilbao ha considerado que la cláusula de aval bancario suscrita por los padres y hermanos del hipotecado es nula por abusividad al no haber sido explicada de manera suficiente.

En concreto, el hijo que solicitó un préstamo con el aval hipotecario de sus padres, dejó de abonar las cuotas correspondientes. En este momento, la entidad se dirigió a sus padres, avalistas, indicándoles que si la situación  de impago proseguía, deberían responder con sus bienes: esto es, que el banco podría embargarles su vivienda. Tras un análisis exhaustivo de la documentación y de las escrituras del préstamo hipotecario, el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Refuerzo de Bilbao ha declarado que la entidad bancaria no logró acreditar que facilitara a los progenitores la información suficiente para valorar los riesgos de la figura de avalista y, por tanto, condena al banco a la "nulidad radical" de dicha cláusula.

Sentencia pionera: si considera que su entidad no le informó de los riesgos de suscribir un aval bancario, puede demandar

Aunque la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Refuerzo de Bilbao ha sido la primera en decretar la nulidad de la cláusula de afianzamiento o aval bancario, otros órganos se están posicionando a favor del consumidor en este sentido. Por ejemplo, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Estella (Navarra), declaró nula la cláusula de fianza o aval del que deberían responder los padres, "no se les informó de todos los parámetros que conllevaba la figura del aval".

El departamento de Derecho Bancario de Martínez-Echevarría Abogados anima a todos los afectados por los productos bancarios abusivos a revisar la documentación y, en su caso, iniciar un procedimiento judicial que desemboque en la nulidad de los mismos. Debido a la falta de transparencia a la hora de explicar los riesgos de suscribir un aval, demandar a la entidad bancaria para que la Justicia anule la cláusula de afianzamiento o aval hipotecario suscrito por los progenitores u otros familiares podría ser muy sencillo. Por supuesto, nuestros abogados siempre recomiendan realizar un estudio exhaustivo de la documentación caso por caso, pues cada préstamo cuenta con sus particularidades.

Si desea que consultemos sus escrituras para localizar aquellos elementos abusivos de su hipoteca, puede contactar con nosotros en el teléfono gratuito 900 100 039, o bien, a través del formulario de nuestra web.

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