07/11/2017

Logramos que nuestro cliente reciba una indemnización de más de 1,2 millones de euros del ayuntamiento

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El Juzgado de lo Contencioso-administrativo Nº1 de Málaga ha condenado al Ayuntamiento del Rincón de la Victoria (Málaga) al pago de una indemnización de más de 1,2 millones de euros. Esta sentencia tiene gran interés, ya que revoca la desestimación por el Ayuntamiento de la solicitud formulada por el interesado en vía administrativa con fundamento en la interpretación defendida de la cosa juzgada en su vertiente positiva o prejudicial.

Recurso especial contra la inactividad de la Administración

El departamento de Derecho Administrativo se hace eco de un nuevo logro: el Despacho, a través de nuestro compañero Carlos García-Manrique, ha conseguido que el juzgado de lo Contencioso-administrativo Nº1 de Málaga estime el recurso interpuesto por nuestro equipo jurídico contra la resolución del ayuntamiento del municipio malagueño del Rincón de la Victoria, al cual ha condenado al abono de la importante cantidad de 1.225.000,00€ más intereses. Este logro ha sido posible gracias  la oposición al recurso de apelación presentado por nuestro equipo, el cual tenía en cuenta dos factores: el de la presentación de un recurso especial contra la inactividad de la Administración y el de la subsanación.

La Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, contempla cuatro modalidades de recurso en su modificación, entre los que se encuentra el referido contra la inactividad de la Administración. En este sentido, "se dirige a obtener de la Administración, mediante la correspondiente sentencia de condena, una prestación material debida o la adopción de un acto expreso en procedimientos iniciados de oficio, allí donde no juega el mecanismo del silencio administrativo".

Debido a que el Ayuntamiento del Rincón de la Victoria, pese a dar cumplimiento a los compromisos presentes en el convenio, no da respuesta o actuación alguna a los mismos, presentamos al amparo del artículo 29 de la Ley Reguladora de la jurisdicción Contencioso-administrativa una reclamación de cumplimiento de la obligación de indemnización asumida por dicha administración. Previamente, se presentó un escrito solicitando que se tuviera por incumplido el convenio donde tanto la entidad como la administración municipal "tienen como objeto dar cumplimiento a las previsiones del proceso de revisión del PGOU" de cara al nuevo ordenamiento urbanístico. Tras ello, se interpone un recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la administración, entendiendo que el ayuntamiento demandado incumplía las obligaciones asumidas en el convenio (en particular, la de abono de la indemnización establecida).

Plazo del cumplimiento de la obligación y pago de la indemnización

Para el cumplimiento de dicha obligación, el convenio prevée una alternativa a favor de la mercantil actora por la cual "podrá mantener el compromiso por otros seis meses [...] o entender el compromiso incumplido, en cuyo caso tendrá derecho a que se le abone la cantidad de 1.225.000 euros; entendiéndose que si en el plazo de diez días tras el cumplimiento del plazo [...] no hay una manifestación fehaciente por la entidad [...] de entender el compromiso incumplido se entenderá prorrogado el mismo por otros seis meses". De esta forma, se establece una ventana en la cual el demandante podría formalizar la manifestación.  Sin embargo, la entidad realizó la reclamación días antes del plazo establecido por el convenio y, al no haber formalizado la "comunicación fehaciente", la prórroga volvía al punto de inicio. En este sentido, Carlos García-Manrique presenta la solicitud correspondiente una vez abierta de nuevo la ventana de reclamación, pidiendo que se tenga por realizada la manifestación de entender el compromiso incumplido. Por exigencias de la administración, tanto el letrado como el mandante comparecen en el Regristro del Ayuntamiento a fin de acreditar dicha representación y conformidad con lo indicado.

Equipo jurídico especializado en problemática administrativa entre entidades y ayuntamientos

El departamento de Derecho Administrativo cuenta con una amplia experiencia en la resolución de conflictos en los que una administración municipal interviene. Debido a que se tratan de procesos muy extendidos en el tiempo, es necesario que un profesional con amplios conocimientos y recorrido asesore a las empresas afectadas por este tipo de problemas. Si desea asesoramiento sobre un problema similar al que exponemos en este post, o bien, consultarnos alguna duda del ámbito Contencioso-administrativo, puede llamarnos al teléfono gratuito 900 100 039, o si lo prefiere, enviarnos sus preguntas a través del formulario online.

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