04/09/2018

Logramos que una administrativa interina de la UNED consiga la condición de laboral indefinida

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Aunque la administrativa contratada por la UNED comenzara prestando asistencia técnica, la demandante asumió funciones de responsabilidad no contempladas al inicio del contrato. Inmaculada Parrado, abogada especializada en Derecho Laboral de Martínez-Echevarría Abogados, ha logrado este positivo resultado que servirá de referencia para aquellos interinos interesados en mejorar su situación laboral. Explicamos los detalles de este asunto a continuación.

De interino a condición de laboral indefinida: el caso de la administrativa

El Juzgado de lo Social Nº 35 de Madrid ha declarado la relación laboral indefinida entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y una administrativa interina. Según el fallo de la sentencia, el efecto de la misma se producirá desde el comienzo de la relación entre ambas partes. La demandante firmó, a fecha del 1 de septiembre de 2001, un contrato administrativo de asistencia técnica, mediante el cual prestaría sus servicios como letrada en el ámbito de la Escuela de Práctica Jurídica. Estos contratos se fueron prorrogando año tras año, “librando la actora las correspondientes minutas mensuales, las cuales constituían una retribución fija” que “se abonaban incluso en periodos de baja y vacaciones, coincidentes con la duración del contrato administrativo o su prórroga”. En fecha del 1 de septiembre de 2009, la demandante firmó un contrato de internidad por vacante mediante el cual pasaba a ser contratada laboral con categoría profesional del Grupo 2, Nivel B.

Según palabras del magistrado, “la verdadera naturaleza de los contratos no depende de la denominación que les den las partes” sino que esta será “en función del desarrollo y cumplimiento de esos contratos y las obligaciones y derechos que asumen las partes para tal cumplimiento”. La abogada encargada de la defensa de la demandante, Inmaculada Parrado, ha acreditado ante el juez que entre 2001 y 2009 la actora fue falsa autónoma y, por tanto, mantenía una relación laboral con la demandada. Del mismo modo, la sentencia destaca que la trabajadora “lleva desde el año 2009 con un contrato de interinidad por cobertura de vacante” por lo que “también debe resaltarse el art 70 EBEP (Estatuto Básico del Empleado Público) respecto al plazo de tres años que tiene la Administración en relación a dicha cobertura”.

Consulte su caso con un equipo especializado en Derecho Laboral

Martínez-Echevarría Abogados cuenta con una plantilla experta en la defensa legal de aquellos trabajadores que consideren que sus derechos hayan sido vulnerados por la empresa, ya sea pública o privada. Si se encuentra en una situación de internidad y considera que puede obtener la condición de laboral indefinida debido a las labores que realiza, puede contactar sin compromiso con nuestro equipo jurídico. Nos encontrará en el teléfono gratuito 900 100 039, o bien, mediante el formulario de consulta.

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