Si ha sido uno de los premiados de la Lotería de Navidad de este año, ¡enhorabuena! Tras la euforia, toca pensar en aquellas cuestiones relacionadas con la cantidad recibida y problemas derivados del cobro de los décimos: impuestos, conflictos familiares e incluso pérdidas del documento que acredita que somos millonarios. No está todo perdido: desde nuestro Despacho proponemos algunas soluciones legales.
Obligaciones fiscales
Desde el 1 de enero de 2013, la entrada en vigor de la ley 16/2012 supuso que los premios otorgados por la Lotería de Navidad estarían sometidos a un gravamen especial del 20%, salvo las cantidades inferiores o iguales a los 2.500 euros por décimo, que no tienen retención y pueden cobrarse en cualquier Administración de Loterías y Apuestas del Estado. Sin embargo, si el premio supera esta cantidad sí que estará sometido a retención, aunque el premiado no deberá realizar trámite alguno: será la entidad que emita el premio quien aplique automáticamente la retención del 20% y lo transferirá a nombre del afortunado a la Agencia Tributaria. Además, aunque usted haya ganado El Gordo de la Lotería de Navidad este año, no deberá preocuparse por la declaración de la renta: estos premios no tienen que incluirse en el IRPF.
Premios compartidos
Son sonadas las historias de familiares y conocidos que entran en litigios cuando una parte se niega a compartir un décimo premiado tras haberlo comprado juntos. Desde nuestro Despacho aconsejamos fotocopiar el décimo o hacerle una fotografía que compartamos con la persona con quien hemos pagado a medias, además de formalizar por escrito el acuerdo (con los nombres, DNIs, firmas y los porcentajes que cada uno jugará), ya que las palabras se las lleva el viento cuando se trata de cifras tan desorbitadas de dinero. Por supuesto, podemos acudir a la vía judicial para denunciar la apropiación indebida del décimo.
Además, las titularidades compartidas están sometidas a un régimen fiscal distinto al que comentábamos arriba: si un único galardonado decide cobrar el premio y, después, repartirlo entre los demás agraciados, deberán tener en cuenta el impuesto de sucesiones y donaciones si el premio es superior a los 2.500 euros. Sin embargo, los expertos recomiendan que todas las partes se personen en el cobro por la entidad bancaria, pues así el banco sería el encargado de dar parte a Hacienda de dichas retenciones y no tendrían que abonar el tributo por donaciones.
Décimos perdidos
Si tras haber comprobado que tu décimo ha sido premiado descubres que este ha sido robado o se ha estropeado, existen soluciones para cobrar el premio. Aunque es un procedimiento engorroso, podemos autentificar un décimo roto si acudimos a una Administración de Loterías y Apuestas del Estado y rellenamos la documentación necesaria para comprobar la legitimidad del mismo: la administración la remitirá a la Fábrica de Nacional de Moneda y Timbre y comprobará si el boleto es original. Tras esto, Loterías y Apuestas del Estado tendrá la última palabra sobre si premio del décimo debe ser abonado o no.
En el caso de que se haya producido un robo, podemos denunciarlo ante la Guardia Civil o la Policía Nacional: en la denuncia tendremos que incluir los datos completos del boleto (número, serie, fracción y fecha del sorteo), además de los hechos sucedidos y, como prueba extra, una fotocopia del décimo. Por supuesto, también tendremos que dar parte a la Asesoría Jurídica de Loterías y Apuestas del Estado, pues así podremos paralizar que un tercero cobre el premio de nuestro boleto.
Por sencillo que parezca cobrar un premio de la Lotería de Navidad, de principio a fin es un proceso lleno de particularidades. Desde nuestro Despacho recomendamos a todos los premiados a que cuenten con un equipo especializado de asesores que puedan aconsejarle de qué manera gestionar dicho capital. En Martínez-Echevarría Abogados contamos con abogados especializados en Derecho Fiscal y Tributario que, además, garantizarán la puesta al día de todos los impuestos relacionados con el cobro del premio. Puede contactarnos en el 900 100 039, o bien, escribirnos a través de nuestro formulario.