07/08/2017

Reclamación por lesiones en parques acuáticos

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Los parques de atracciones tradicionales y aquellos que utilizan el medio acuático se caracterizan, además de por la diversión y adrenalina que provocan en quienes los disfrutan, por su seguridad. Sin embargo, siempre encontramos excepciones y situaciones particulares que hacen que pensemos en algunas cuestiones que pudieran afectar a nuestra integridad: ¿estaremos disfrutando de un servicio vigilado de la forma adecuada? ¿Qué ocurre si tengo un problema en el parque? Esta y otras preguntas son las más comunes entre los usuarios de los parques acuáticos. Las explicamos a continuación.

Parques acuáticos: responsabilidad civil y penal

Los accidentes ocurridos en parques acuáticos tienen como consecuencia un aumento de volumen de demandas y reclamaciones en los meses siguientes a los de verano: debido a la afluencia de turistas y a la masificación de estos espacios, es más probable que se produzcan algunas incidencias. Aunque todos los parques han superado las evaluaciones necesarias para operar, podemos sufrir accidentes: o bien, si existe algún problema en las instalaciones (roturas, falta de agua en los estanques, etc) o en la vigilancia; o bien, si no hemos seguido las indicaciones de los técnicos de las atracciones.

La responsabilidad civil es la obligación de reparar y compensar el daño que surge tras una equivocación por acción u omisión. La Sentencia nº 62/2005 de AP Almería, Sección 1ª, 1 de Marzo de 2005; determina que no puede probarse que la instalación donde sucedió el accidente cumpliera no sólo con las exigencias reglamentarias "sino con las necesarias medidas para evitar el riesgo en el lugar concreto que existía". Por ello, se le da la razón parcialmente al usuario demandante y se condena al demandado (parque acuático y compañía aseguradora) al pago de una indemnización por lesiones. En otro caso, la Audiencia Provincial de Palma condenó a la empresa titular del parque acuático y a la aseguradora al pago de una indemnización de más de 17.000 euros (más intereses) al hombre que sufrió un accidente que le provocó la fractura de un hombro.

Contacte con los especialistas adecuados para valorar su caso

La complejidad de los asuntos de lesiones y reclamaciones por accidentes en parques acuáticos reside en la necesidad de valoración del caso por un profesional: un perito determinará los daños producidos y documentará las pruebas que demuestren ante un tribunal el alcance de las lesiones y el estado de las instalaciones. Martínez-Echevarría Abogados cuenta con un amplio equipo de letrados expertos en Derecho Civil, Derecho del Seguro y Consumo, que estudiará su caso sin compromiso para ofrecerle las mejores opciones. Puede contactar con nosotros en el teléfono gratuito 900 100 039, o bien, puede enviarnos su consulta a través del formulario.

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