En ocasiones, las aseguradoras rehúsan el pago de indemnizaciones o de la cobertura a los clientes que han sufrido las circunstancias que estaban recogidas en la póliza contratada. Así, quedan en desamparo numerosos afectados que, tras haber sufrido un accidente o perjurio, se ven todavía más dañados debido al impago de las cantidades que la compañía de seguros prometía. Sin embargo, esta situación puede demandarse.
Un caso práctico
Nuestro equipo jurídico realizó un escrito de demanda en defensa de nuestra cliente, afectada por el impago de cantidades por parte de su compañía de seguros, en el cual se reclamó el reembolso de los gastos médicos de una intervención quirúrgica de urgencia, pues la aseguradora no se hizo cargo de ellos. Mientras que en la póliza se podía leer que "el Seguro de Salud Reembolso de gastos, da pleno derecho al asegurado de recurrir libremente a los servicios de cualquier profesional sanitario, centro médico o servicio sanitario para su atención en cualquier lugar del mundo (excepto para prestaciones dentales). En este caso deberá costear el importe del servicio sanitario en el momento de la prestación y posteriormente la Compañía, mediante la prestación de los justificantes oportunos, le reembolsará el 90% del gasto con los máximos preestablecidos en la póliza para cada tipo de prestación", nuestra clienta no solo no recibió el reembolso correspondiente por parte de la aseguradora, sino que el mismo día de la operación se le comunicó la negativa del mismo. Pese a que en comunicaciones mantenidas por teléfono entre la cliente y la compañía, en las cuales se le aseguró el abono del 80% del coste de dicha intervención quirúrgica, mientras que nuestra cliente hubiera pagado previamente la misma.
La compañía de seguros alega que no se hará cargo de la operación debido a "tratarse de una patología preexistente a la fecha de contratación de la póliza, no declarada en la solicitud de salud". Sin embargo, en los informes médicos aportados por nuestra cliente se hace referencia "como causa de la enfermedad al uso de calzado inadecuado sin que se determine fecha alguna, siendo una patología tratada por vez primera en el periodo de cobertura de la póliza, ya que la existencia de deformidad durante años previos no implica que se manifiesten sus consecuencias, hecho que se produce únicamente en los periodos de cobertura no precisándose la operación hasta el momento en el que comienzan las graves molestias". Hasta que no acude al médico, no es consciente de dicha deformidad, por lo que es imposible que declarase previamente una enfermedad que desconocía y que anteriormente no se le había manifestado.
Nuestra cliente tuvo que hacerse cargo de unas cantidades más elevadas a las previstas inicialmente, pues a los gastos de ingreso, quirófano, a los dos días de estancia, farmacia, pre-operación, implantes, uso del instrumental, zapato postoperatorio, honorarios de los anestesistas, honorarios del equipo quirúrgico, férula posterior, al radiodiagnóstico y a las dos visitas en el hospital se le suman los intereses debido al impago de las facturas. Aunque la aseguradora le comunicó a nuestra cliente que se harían cargo del 80% de los gastos derivados, desde nuestro despacho exigimos el pago del 90% de los gastos, tal y como se refleja en la póliza, de los gastos derivados de la intervención. Debido a que estas cantidades superan los 6.000 euros, a la vista de lo previsto en el artículo 249.2 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, corresponde tramitar la pretensión por los cauces del Juicio Ordinario.
Demande a su compañía de seguros por el impago de cantidades
En Martínez-Echevarría Abogados le ofrecemos estudiar su póliza con todo detalle, para comprobar que efectivamente no se están cumpliendo los supuestos reflejados. Este tipo de procedimientos no suele llegar a juicio ya que, con los argumentos jurídicos adecuados por parte de los letrados, conseguimos ejercer tal presión que el asunto se resuelve a través de una mediación entre nuestro equipo legal y la compañía de seguros, por lo que el cliente podría recuperar el dinero que le pertenece antes de lo estimado. Sin embargo, si su procedimiento llega a juicio, le proporcionaremos a través de un exhaustivo examen de viabilidad el porcentaje de éxito de su caso.
Desde nuestro Despacho le animamos a que contacte con nosotros si su compañía aseguradora todavía no le ha pagado las cantidades que le pertenecen a usted por contrato. Si lo desea, puede llamarnos a nuestro teléfono gratuito 900 100 039 o escribirnos su consulta a través del formulario online. El equipo jurídico especializado de Martínez-Echevarría Abogados le atenderá a la mayor brevedad posible.