28/11/2011

Nueva sentencia favorable a Martínez-Echevarría Abogados por SWAP

El Departamento de Derecho Mercantil de Martínez-Echevarría Abogados ha conseguido una nueva sentencia judicial contra una entidad bancaria, por un contrato de swap o permuta financiera. La sentencia vuelve a declarar nulo este tipo de contratos, basándose en la existencia de un vicio en el consentimiento.

En este caso, se trata de una PYME de Tarragona, que contrató un préstamo hipotecario en 2007 para la compra de un local comercial para su negocio. Como condición para la aprobación del préstamo hipotecario, la entidad bancaria ponía como condición la suscripción de un contrato de permuta financiera, encubierto como una póliza de seguro como cobertura contra la subida del Euríbor, por un periodo de 5 años. No obstante, el cliente no fue informado debidamente por la entidad bancaria, ni recibió ningún tipo de folleto explicativo detallando las condiciones de este tipo de productos financieros. Además, la entidad bancaria nunca informó de los riesgos que conllevaba la contratación del SWAP y administrador de la empresa que contrataba el producto no tenía los conocimientos financieros ni la experiencia suficiente para entender la complejidad de este tipo de productos.

Esta nueva sentencia se suma a una serie de sentencias anteriores ganadas por el Departamento de Derecho Mercantil de Martínez-Echevarría Abogados en los últimos seis meses, lo que vienen a reforzar la posición del cliente a la hora de reclamar la nulidad de este tipo de contratos.

En esta sentencia, el Juzgado de Primera Instancia de Tarragona condena al banco a la devolución de más de 31.000 Euros para la empresa, así como los correspondientes intereses y costas legales.

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