28/04/2020

Sentencia firme: obtenemos la nulidad del IRPH en primera instancia

irph

Manuel Caballero, abogado de la sede de Málaga, ha obtenido una interesante sentencia estimatoria en materia de Derecho Bancario contra el Banco Santander. El Juzgado especializado de Primera Instancia nº 18 bis de Málaga ha declarado la nulidad de todas las cláusulas abusivas insertas en el préstamo hipotecario de nuestros clientes, incluyendo también la nulidad del IRPH. Esta sentencia, que ya es firme, es una de las primeras que obtenemos tras la decisión del TJUE sobre el IRPH, que considera que los tribunales españoles deben declarar o no la nulidad considerando si se ha cumplido con el deber de transparencia en la comercialización de dicho índice de referencia. Explicamos los detalles de la sentencia a continuación.

Sentencia firme: obtenemos la nulidad del IRPH en primera instancia

El magistrado ha estimado integramente la demanda presentada por Martínez-Echevarría Abogados, en la que se ha solicitado la nulidad tanto de la cláusula suelo, como del redondeo al alza, el IRPH, el vencimiento anticipado y se ha realizado una reclamación de posiciones deudoras. Aunque nos encontramos ante una sentencia llamativa debido a que es de las primeras sentencias que obtenemos favorables para nuestros clientes tras lo dictado por el TJUE, no debemos olvidar que dentro de las escrituras de la hipoteca podemos encontrar multitud de elementos abusivos que se pueden reclamar en un procedimiento judicial.

Sobre la reclamación de nulidad del IRPH, en la sentencia se indica que "la demandada no ha logrado acreditar la negociación e información de la cláusula objeto de litigio, o lo que es lo mismo, la existencia de negociación y de información como demostrativo de que la parte consumidora sabía lo que era el índice cuestionado. Efectivamente, a juicio de este juzgador no se da ninguno de los elementos del control de transparencia".

Esta sentencia comparte el mismo dictamen que el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de marzo de 2020 y supone también un importante cambio de criterio de las entidades bancarias, absteniéndose de presentar recursos y evitando alargar en el tiempo la recuperación de las cantidades indebidamente cobradas.

Los tribunales españoles comienzan a dictar sentencias favorables para los afectados por el IRPH

Desde que el TJUE se mostrara favorable con los consumidores e instara a los tribunales españoles a determinar la nulidad o no del IRPH en base al control de transparencia de su comercialización, estamos encontrando multitud de sentencias estimatorias sostenidas en este argumento. Como ocurrió con las cláusulas suelo y otros elementos abusivos, tras la posición de la justicia europea frente a las reclamaciones de los afectados por dichos productos, los juzgados españoles han comenzado a cambiar su doctrina respecto a lo dictado anteriormente por el Tribunal Supremo.

Desde Martínez-Echevarría Abogados animamos a aquellos consumidores que siguen pagando de más debido al IRPH a que estudien cuáles son sus opciones de reclamación con un abogado especializado en Derecho Bancario. Puede contactarnos en el teléfono gratuito 900 100 039, o bien, en el formulario de consulta.

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